Al captar datos de millones de colombianos, estas plataformas están en la mira de las autoridades y tendrán que demostrar que cumplen con la regulación del país.
El brote del coronavirus ha obligado a millones de colombianos a quedarse en sus casas acudiendo en masa a la plataforma de videoconferencias Zoom, que se usa para desde cumpleaños, hasta para las sesiones del Congreso y a la aplicación de videos cortos TikTok, que se ha propagado como pólvora. Pero el aumento de la popularidad está levantando una ola de escrutinio, particularmente en torno a la privacidad.
Ambas están bajo investigación de varios gobiernos del mundo. En Colombia, el regulador de protección de datos, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), está indagando si Zoom cumple con la regulación local relativa a los principios de seguridad, acceso y circulación restringida, tratando de determinar, además, si ha implementado el principio de responsabilidad demostrada en el tratamiento de los datos que usan sus servicios.
Un portavoz de Zoom dijo a Forbes que esa compañía se toma “muy en serio” la seguridad del usuario y se compromete a garantizar la privacidad, seguridad y confianza para todos los usuarios. “La compañía se está comunicando con la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia y se enfoca en proporcionar la información que necesitan”, comentó.
Entre tanto, la filial del gigante chino ByteDance TikTok tendrá que responder a las autoridades colombianas si está cumpliendo las normas de recolección y tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes, que representan la mayor base de usuarios de la plataforma, que en total son más de 800 millones alrededor del mundo, de acuerdo con Sensor Tower.
Forbes abordó a TikTok pero esa firma no respondió a la solicitud al momento de la publicación de esta historia. El silencio de TikTok es relevante porque el año pasado tuvo que pagar una multa de US$5.7 millones en Estados Unidos, que le impuso la Comisión Federal de Comercio (FTC, por sus siglas en inglés), por haber violado la ley de privacidad de los menores.
Además de la creciente popularidad, Zoom y TikTok tienen más cosas en común: sus sedes principales están en el estado de California (Estados Unidos), pero ninguna de las dos firmas tiene operación directa en Colombia y su relación con este mercado es en su totalidad digital, por lo que cualquier intento de bloqueo atentaría contra la neutralidad de la red.
Fuentes de la SIC explicaron a Forbes que, si una empresa no está domiciliada físicamente en Colombia, pero usa tecnologías en el territorio para recolectar datos, entonces debe cumplir la ley colombiana y si no lo hace, podría ser sancionada con millonarias multas que llegarían hasta 2.000 salarios mínimos.
La ley de protección de datos personales que rige desde 2012 es aplicable en otros países que, por ejemplo, recolectan datos personales en territorio colombiano por medio de las cookies que instalan en equipos o dispositivos de los usuarios de este mercado.
Ese marco regulatorio rige a quien directa o indirectamente, a través de cualquier medio o procedimiento, físico o electrónico, recolecta, usa, almacena o trata datos personales en el país.
María Mercedes Díaz, managing parter de M&M Lawyers considera que “en caso de encontrar hallazgos que permitan concluir que existe una vulneración, pueden ordenar las medidas que sean necesarias para hacer efectivo el derecho de hábeas data”. Para esta abogada, aunque este tipo de compañías estén por fuera del país, no significa que la SIC no pueda iniciarles investigaciones, teniendo en cuenta que la ley aplica para el tratamiento de datos en territorio nacional y que a los responsables les sean aplicables los tratados internacionales.
Entre tanto, para Sebastián Alfonso Rueda, de la firma Legal Shield y miembro de la Asociación Internacional de Profesionales de Privacidad (IAPP, por sus siglas en inglés) las indagaciones de la SIC pueden desencadenar sanciones económicas como las que se han visto en los últimos años contra Rappi y Banco Falabella o en órdenes administrativas contra Facebook y Uber, siendo estas dos últimas, empresas domiciliadas fuera de Colombia.
“No obstante dichos actos administrativos se encuentran en revisión de los recursos de ley, por lo que no se encuentran en firme, pues plantean serios debates frente a la facultad de la SIC para impartir dichas instrucciones a sociedades fuera de territorio colombiano. En buena hora las normas de protección de datos han entendido que el tratamiento de información es por excelencia transnacional, y en esa medida, busca protecciones locales desnaturaliza la función de garantizar la privacidad e intimidad del individuo”, comentó Rueda a Forbes.
Estos abogados coinciden en que la resolución de estos casos debe hacerse respetando el derecho de defensa de los investigados y con los instrumentos jurídicos de las redes de cooperación de autoridades en protección de datos.